¿Qué regula esta sección?
La Sección 28 regula todas las formas de retribución a los empleados: beneficios a corto plazo (sueldos, vacaciones, bonos anuales), beneficios post-empleo (planes de pensión), otros beneficios a largo plazo, y beneficios por terminación del contrato de trabajo.
Reconocimiento y medición
- Beneficios a corto plazo: se reconocen como gasto (y como pasivo si no se han pagado) en el período en que el empleado presta el servicio que les da derecho a ellos, sin necesidad de descuento a valor presente.
- Vacaciones y otros beneficios acumulativos: se reconoce el costo esperado a medida que los empleados prestan el servicio que genera el derecho, no cuando efectivamente se toman.
- Planes de contribución definida (el caso típico chileno: cotizaciones a AFP, salud): se reconoce como gasto la contribución que corresponde pagar en cada período — sin cálculos actuariales, porque la obligación de la entidad termina en el monto de la contribución pactada.
- Planes de beneficio definido (menos comunes; ej. una indemnización años de servicio pactada contractualmente): requieren estimaciones más complejas, incluyendo, cuando es material, un método actuarial simplificado que permite la norma.
- Beneficios por terminación: se reconocen cuando la entidad está comprometida de forma demostrable a terminar el empleo antes de la fecha normal de retiro, o a ofrecer beneficios para incentivar la salida voluntaria.
Casos aplicados por rubro de la economía
Provisión de vacaciones proporcionales devengadas y no tomadas por el personal al cierre del ejercicio: se reconoce como gasto y pasivo, calculado según los días acumulados de cada trabajador.
Cotizaciones previsionales (AFP, salud) del período: se reconocen como gasto en el mismo mes en que se generan los sueldos que las originan, aunque el pago efectivo a las instituciones ocurra al mes siguiente.
Indemnización por años de servicio pactada contractualmente con trabajadores clave, pagadera al término del contrato independiente de la causal: si es material, puede requerir un cálculo actuarial simplificado del pasivo a lo largo de toda la relación laboral, no solo al momento del despido.
Reestructuración con desvinculación de un grupo de trabajadores mediante un plan formal de retiro anunciado antes del cierre: reconoce una provisión por beneficios de terminación en el período en que se compromete formalmente con el plan, no cuando efectivamente se paga.
Relación con el Plan Unificado de Cuentas
Las palabras clave "remuneración por pagar", "cotización", "afp", "isapre", "fonasa" y "mutual" ya están incluidas en este rubro. Vale la pena revisar que las provisiones de vacaciones e indemnización por años de servicio queden correctamente clasificadas aquí también, y no confundidas con Provisiones Corrientes (Sección 21), que corresponde a obligaciones de monto incierto por otros motivos.
Este contenido es un resumen explicativo elaborado por el equipo de planunificado.cl con fines educativos, referenciado a la NIIF para las Pequeñas y Medianas Entidades (versión 2025) emitida por el IASB. No reemplaza el texto oficial de la norma ni constituye asesoría contable o legal — ante dudas específicas, consulta a un contador auditor.