¿Qué regula esta sección?
La Sección 21 regula cuándo una obligación de monto o vencimiento incierto debe reconocerse como provisión (un pasivo), cuándo debe solo revelarse como pasivo contingente en notas, y cuándo no requiere ningún tratamiento porque el riesgo es remoto.
Reconocimiento y medición
- Se reconoce una provisión cuando se cumplen tres condiciones: existe una obligación presente (legal o implícita) como resultado de un suceso pasado; es probable que se requiera una salida de recursos para cancelarla; y el monto puede estimarse con fiabilidad.
- Medición: al mejor estimado del desembolso necesario para cancelar la obligación a la fecha de cierre, considerando los riesgos e incertidumbres asociados.
- Pasivo contingente: una obligación posible cuya existencia se confirmará solo por hechos futuros inciertos, o una obligación presente donde la salida de recursos no es probable o el monto no puede medirse con fiabilidad — no se reconoce como pasivo, solo se revela en notas (salvo que sea remoto, en cuyo caso ni siquiera se revela).
- Activos contingentes: nunca se reconocen en los estados financieros; solo se revelan en notas si es probable que se materialicen.
Casos aplicados por rubro de la economía
Enfrenta una demanda laboral con alta probabilidad de fallo desfavorable según sus abogados, quienes entregan un monto estimado razonable: reconoce una provisión por ese monto estimado.
Vende productos con garantía de reemplazo o reparación: reconoce una provisión por garantías estimada según su experiencia histórica de reclamos, no solo cuando efectivamente llega un reclamo.
Enfrenta una demanda de un tercero cuyo resultado es incierto, y sus abogados opinan que el desenlace desfavorable es posible pero no probable: revela un pasivo contingente en notas, sin reconocer una provisión en el balance.
Es citada como parte en una demanda con probabilidad remota de pérdida según sus asesores legales: no reconoce provisión ni revela pasivo contingente — el riesgo es demasiado bajo para requerir tratamiento.
Relación con el Plan Unificado de Cuentas
La Herramienta de Clasificación sugiere este rubro para cuentas con palabras como "provisión" o "devolución esperada". El monto de estas cuentas requiere respaldo de una estimación fundada por parte del contador o asesor legal — la Herramienta no valida si el monto provisionado es razonable, solo que la cuenta esté en el rubro correcto según su naturaleza de pasivo.
Este contenido es un resumen explicativo elaborado por el equipo de planunificado.cl con fines educativos, referenciado a la NIIF para las Pequeñas y Medianas Entidades (versión 2025) emitida por el IASB. No reemplaza el texto oficial de la norma ni constituye asesoría contable o legal — ante dudas específicas, consulta a un contador auditor.