Sección 15 — Inversiones en Negocios Conjuntos

Resumen explicativo · Referencia FECU-IFRS: rubro 5.12.10.25 "Inversiones en Negocios Conjuntos"

¿Qué regula esta sección?

La Sección 15 regula la contabilización de una participación en un negocio conjunto: un acuerdo mediante el cual dos o más partes mantienen control conjunto sobre una actividad económica — es decir, las decisiones sobre las actividades relevantes requieren el consentimiento unánime de las partes que comparten el control, a diferencia de la influencia significativa (Sección 14), que no exige ese consentimiento unánime.

Reconocimiento y medición

Casos aplicados por rubro de la economía

Agrícola / Agroindustrial

Dos productores de fruta que comparten la propiedad y el uso de una planta de packing y una cámara de frío —cada uno usa el activo según un cronograma acordado y registra su parte proporcional de los costos de operación—: es un activo controlado conjuntamente, no una inversión separada.

Construcción

Un consorcio de dos constructoras que se adjudica una obra pública, donde cada una ejecuta una parte del contrato con su propio personal y maquinaria, y comparten los ingresos según lo pactado: operación controlada conjuntamente, muy común en licitaciones grandes en Chile.

Tecnología / Servicios

Dos empresas de telecomunicaciones que constituyen una sociedad conjunta para desarrollar y explotar una plataforma compartida, con un directorio donde ambas tienen poder de veto sobre decisiones clave: entidad controlada conjuntamente, se contabiliza como inversión bajo alguno de los tres modelos.

Minería

Entidad constituida por dos compañías mineras para la explotación conjunta de un yacimiento, con acuerdo de accionistas que exige unanimidad para decisiones de inversión relevantes: entidad controlada conjuntamente.

Relación con el Plan Unificado de Cuentas

5.12.10.25 Inversiones en Negocios Conjuntos — Activos No Corrientes

El Plan Unificado ya distingue este rubro del de Inversiones en Asociadas (Sección 14, rubro 5.12.10.20) — se corrigió tras detectar, al redactar este resumen, que ambos compartían un único rubro FECU. Si tu empresa participa en un negocio conjunto donde controla directamente activos u operaciones (no una entidad separada), esos activos y gastos van directo en los rubros que correspondan según su naturaleza (Efectivo, Inventarios, Gastos de Administración, etc.), no en este rubro de inversiones.

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